viernes, 18 de mayo de 2018

¿Qué debes saber sobre la nueva ITV?



Este 20 de mayo entre en vigor la nueva normativa sobre la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), aprobada a finales del año pasado. Los propietarios de vehículos deben pasar la ITV por primera vez a los cuatro años desde la matriculación, de forma bienal a partir de ese momento y anual a partir de los 10 años de antigüedad.


Conoce las novedades que se ponen en marcha con la nueva ITV:

1. Segunda revisión en otra estación
Hasta ahora, si tu vehículo no pasaba la primera inspección, debías volver a la misma estación una vez reparadas las incidencias correspondientes; sin embargo, con la nueva ITV, puedes acudir a otra estación.

Esto no ha gustado tanto dentro del propio sector, dado que se cree que determinadas estaciones son algo más permisivas y esto puede beneficiar equívocamente a los propietarios de los vehículos.

2. Un mes de plazo por adelantado
También se ha modificado la normativa que especifica la fecha obligatoria para pasar la ITV siguiente. Aunque el vehículo supere la inspección por adelantado, siempre y cuando no sea con un mes de antelación, no se modifica la fecha prevista para la próxima.


3. Certificados europeos
Se reconocen los certificados expedidos por los países miembros de la Unión Europea. De este modo, si se produce un cambio en la titularidad de un vehículo extranjero, al matricularse en España, no será necesario volver a pasar la ITV.

4. Más control de las emisiones y seguridad
La nueva normativa, obliga a las ITV a disponer de herramientas de diagnóstico que se conecten a los puertos de adquisición de los vehículos, para la comprobación de los sistemas electrónicos de seguridad y las emisiones del mismo. Esto supone un mayor control en estos aspectos y, por lo tanto, mayor garantía de seguridad.

5. Vehículos históricos
A partir del día 20, la edad para considerar un vehículo histórico o no, pasa de los 25 a los 30 años de antigüedad desde su primera matriculación.

6. Presentación del seguro
Desde este 20 de mayo, cualquier inspección, bien sea ordinaria o extraordinaria, exigirá la presentación del seguro obligatorio. Valdrá con el justificante de pago del periodo en curso. Deberán constar la aseguradora y las coberturas.

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